Significa separarlos o dividirlos en clases o
grupos que sean susceptibles de sub-divisiones, teniendo en cuenta la estructura
orgánica y/o las funciones institucionales.
El Reglamento de la Ley 7202 del Sistema
Nacional de Archivos, estipula:
Artículo 79: La clasificación es la técnica
mediante la cual se identifican y agrupan documentos semejantes con
características comunes, de acuerdo con un plan establecido previamente.
Artículo 80: Los sistemas de clasificación
existentes son:
a) Clasificación orgánica: consiste en la
utilización de la estructura orgánica de la institución para clasificar los
documentos.
b) Clasificación por funciones: consiste en
la clasificación de los documentos, de acuerdo con las funciones y actividades
de la institución.
c) Clasificación por asuntos: consiste en la
clasificación de los documentos, basada en los asuntos o materias a que se
refieren.
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